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Spanish Writing and Grammar Lab

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Beginning Grammar

Modos verbales y sus problemas

Los modos verbales son las diferentes formas en que la acción de un verbo puede conjugarse.

Cada uno de estos modos tiene una forma única de conjugar un verbo y, al mismo tiempo, tiene diferentes tiempos verbales.

En 1931, en su edición reformada de la Gramática de la lengua española, la Real Academia Española (rae) dividió los modos verbales en cinco: infinitivo, indicativo, potencial, subjuntivo e imperativo.

En 1973, sustituyó esta división de los cinco grupos por otra división. Desaparece el modo infinitivo con sus tres variaciones: amar, amando, amado. También desaparece el modo condicional (amaría, temería, partiría), que se incorpora al modo indicativo.

En el 2010, en su Nueva gramática de la lengua española, confirma lo establecido en 1973: Los modos verbales quedan fijados definitivamente en tres: indicativo, subjuntivo e imperativo. El modo potencial, conocido ahora como condicional, se convierte en una parte del Modo Indicativo. El antiguo modo infinitivo deja de existir, convirtiéndose sus variaciones (infinitivo, gerundio y participio), en las formas no personales del verbo.

Algunos eruditos de la lengua, como Jorge Alberto Vásquez González, se oponen a esta nueva división por considerarla no apropiada. Según ellos: “Es preciso restaurar el modo potencial para equilibrar el sistema, cuya división debería ser básicamente doble: indicativo y potencial”. En otras palabras, la nueva división no deja bastante claras las diferentes categorías.

Por el momento, mientras La RAE no establezca otra regla, los modos verbales son solo tres.

Modo Imperativo

El modo imperativo es empleado para expresar mandatos, órdenes, solicitudes, ruegos o deseos; también podemos usarlo para recomendar cosas o conceder permiso.

A veces se usa junto con estructuras de cortesía como: “Por favor, venga”.

Es un modo defectivo, es decir, no presenta formas para todas las personas. Específicamente no hay una conjugación para YO ni para NOSOTROS. En breve, las formas personales del imperativo son: tú, vosotros, usted y ustedes.

Sin embargo, la forma NOSOTROS a veces da órdenes que involucran a uno mismo y a otros, expresando una sugerencia: “¡Vamos!” en vez de “¡Vayamos!”; aunque se pueden escuchar ambas formas en el lenguaje oral.

El Imperativo en español puede expresarse en forma afirmativa o negativa; en ambas situaciones las conjugaciones son diferentes: “Abre la puerta” versus “No abras la puerta”.

También, puede funcionar como una oración por sí sola: ¡Ven!

En algunas ocasiones, en el habla coloquial, se usa el infinitivo en lugar del imperativo para dirigir una orden a una segunda persona del plural, lo cual no es correcto:

¡Venir aquí ahora mismo, granujas! Incorrecto

Poneros el pijama y dormiros cuanto antes. Incorrecto

Sin embargo, es válido este empleo del infinitivo con valor de imperativo dirigido a una segunda persona del singular o del plural cuando aparece precedido de la preposición “a”: ¡Tú, a callar!; Niños, a dormir.

También, este uso es posible en indicaciones, advertencias, recomendaciones, avisos: Consumir a temperatura ambiente; Depositar la basura en las papeleras.

Nota: El uso del subjuntivo dentro de la estructura hispana denota superioridad o jerarquía. Es usado por la padres hacia los hijos, la policía hacia los delincuentes, los jefes autoritarios hacia sus empleados. Esto causa tensión entre las personas provocando los primeros choques culturales entre hispanos y hablantes de otra lengua. Se recomienda que no se use el imperativo con una persona hispana que no se conoce.

Modo Indicativo, condicional y subjuntivo

El modo indicativo es la forma usual para hablar de hechos reales o hechos que se tienen por ciertos. Se trata del modo más utilizado y es contrario al modo subjuntivo. Puede darse en cualquier tipo de cláusula, tanto en las principales como en las subordinadas.

Es un modo altamente cronológico ya que se pueden distinguir en su conjugación el pasado, el presente y el futuro En breve, presenta una situación real, segura y objetiva.

En cambio, el subjuntivo se da en la cláusula subordinada; y su existencia y cronología depende de lo que indica la cláusula principal, la cual siempre va conjugada en indicativo. Esta primera cláusula (principal) debe indicar emoción, inseguridad, posibilidad. Es un modo verbal cien por ciento hipotético.

En base a esta definición de seguridad y objetividad del indicativo es que surge la controversia entre algunos eruditos de la gramática en cuanto a la incorporación del Modo Potencial dentro del Modo Indicativo

¿Por qué incluir el condicional que solo se produce en situaciones de condiciones? Si no existe la condición, no existe la posibilidad de hacer la acción, entonces, no es una acción 100% segura.

Según Emilio Alarcos (1994), con el modo indicativo se expresa la acción como real, con el potencial o condicional como posible y con el subjuntivo, como ficticia. Pero ¿cómo “evaluar el grado de realidad que [se les] atribuye a los hechos denotados”. Por otra parte, continúa: “el subjuntivo no solo expresa la acción como ficticia, sino como real”.

Ejemplo dado por Vásquez: El profesor dejó que el estudiante se fuera del aula.

El subjuntivo fuera significa que la acción de irse ha sucedido en la realidad.

Con estas discusiones en juego, podemos suponer que en el futuro vamos a tener una nueva división de modos verbales en que el potencial recuperará su categoría personal de posibilidad y los instructores de español no se verán en el problema de “cómo justificar la existencia de una situación de posibilidad dentro de una de seguridad”.